HORAS EXTRAS
LAS HORAS EXTRAS TENDRÁN
CARÁCTER VOLUNTARIO SALVO LAS QUE TUVIERAN QUE REALIZARSE POR CAUSA DE FUERZA
MAYOR
En caso de la realización de
horas extras, estas serán compensadas con un recargo del 50% sobre el valor de
la hora ordinaria.
Las realizadas entre las
22:00 horas y las 6:00 llevaran un recargo de un 25% por nocturnidad.
Salario base + antigüedad
+pagas extraordinarias = hora ordinaria
Horas anuales (según marca
las horas el convenio)
Y
el resultado se multiplica por uno
Ejemplo:
Si
te salen las horas normales a 9 € se multiplica por 1,50
9x1,50=
13,50 y este seria el valor de la hora extra normal
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